Art. 18. - La partida tablas
1) Una proposición de tablas no podrá ser hecha por un jugador sino después de ejecutar una jugada. AI proponer tablas pone en marcha el reloj del adversario. Este puede aceptar la proposición o rechazarla, sea oralmente, sea por la ejecución de una Jugada; en el intervalo el jugador que ha hecho la proposición no puede retirarla.
2) Si un jugador reclama tablas de acuerdo con el Art. 12, Inc. 3), su reloj debe continuar la marcha hasta que el director de la competencia verifique la legitimidad de la reclamación.
Si la reclamación resultara correcta, la partida se declarará tablas aunque el reclamante en aquel intervalo haya excedido el límite de tiempo.
Si la reclamación resultara incorrecta, la partida proseguirá, excepto que el reclamante, en aquel Intervalo, haya excedido su límite de tiempo, en cuyo caso la partida será declarada perdida para el declarante.
Art. 18. - La conducta de los jugadores
1)

a) Durante la partida se prohibe a los jugadores servirse de notas manuscritas o impresas o analizar la partida en otro tablero; se prohibe igualmente recurrir a consejos u opiniones de terceros, fueren o no solicitados
b) Durante la partida, como durante la suspensión, no se permite ningún análisis en la sala de juego.
c) Se prohibe distraer o molestar al adversario de cualquier manera que ello se haga.
2) Las Infracciones a lo dispuesto en el Inc. 1) pueden ser motivo de sanciones que comprendan hasta la pérdida de la partida.