Acta
de Intención
En
la ciudad de San Luis, provincia del mismo nombre, Argentina, a los veintidós
días del mes de abril del año dos mil cuatro: “DIA DE
LA TIERRA”, los representantes de las organizaciones no gubernamentales
(ONG): FUNDACIÓN INTI CUYUM,
para la interpretación del patrimonio regional; ASOCIACIÓN
PIRCAS, para la preservación del
patrimonio cultural y natural de San Luis;ASOCIACION
CONSERVACIONISTA EQUILIBRIO VITAL ,
para el estudio y defensa de la vida silvestre, y ASOCIACIÓN
RÍO, para la conservación
de la biodiversidad y el desarrollo ambiental y humano, reunidos con el
objeto de conformar un frente común para la Defensa y Conservación
del Las Higueritas, situada en el departamento Ayacucho, integrante del
Sistema de Áreas Naturales Protegidas (SANP) de la provincia de
San Luis (Ley Provincial N° 5421, artículo Nº 3, inc."e"
punto "1") y según los objetivos de preservación del patrimonio
cultural expresados en la ley provincial Nº 5455.
Los
hoy convocados afirman su vocación conservacionista para cumplir
y hacer cumplir el mandato de la Constitución Provincial que expresa
en:
Artículo
47: Medio ambiente y calidad de vida: “Los habitantes tienen derecho
a un ambiente humano de vida salubre y ecológicamente equilibrado
y, el deber de conservarlo. Corresponde al Estado Provincial prevenir y
controlar la contaminación y sus efectos y las formas perjudiciales
de erosión; ordenar el espacio territorial de forma tal que resulten
paisajes biológicamente equilibrados. Crear y desarrollar reservas
y parques naturales así como clasificar y proteger paisajes, lugares
y especies animales y la preservación de valores culturales de interés
histórico o artístico. Toda persona por acción de
amparo puede pedir la cesación de las causas de la violación
de estos derechos. El Estado debe promover la mejora progresiva de la calidad
de vida de todos los habitantes de la Provincia”.
Artículo
68: Patrimonio cultural: “Las riquezas pre-históricas, históricas,
artísticas y documentales, así como el paisaje natural en
su marco ecológico, forman parte de acervo cultural de la Provincia
que el Estado debe tutelar, pudiendo decretar las expropiaciones necesarias
para su defensa y prohibir la exportación o enajenación de
las mismas, asegurando su custodia y conservación de conformidad
a las disposiciones vigentes”.
Por
todo ello, las ONG participantes acuerdan en celebrar esta Acta de Intención:
CLAUSULA
PRIMERA: Las partes expresan la intención de accionar
en los ámbitos que corresponda en forma conjunta, para la preservación,
protección y conservación de la Quebrada de las Higueritas.
CLAUSULA
SEGUNDA: A fin de dar continuidad a esta iniciativa, en caso de que
las partes acordaran en el futuro implementar una propuesta de manejo del
área protegida “Quebrada de las Higueritas”, así como también
otros temas que sean incorporados, se crea una Comisión, que esta
conformada por los presidentes de cada institución firmante, quienes
tendran a su cargo la coordinación y seguimiento de las actividades
que se llevarán a cabo para proteger, preservar, administrar y garantizar
la sustentabilidad del lugar.
CLAUSULA
TERCERA: Es intención de las entidades presentes accionar con
los Organismos pertinentes e integrar a otras ONGs que deseen participar
y compartir los fines y actividades aquí manifestadas.
En
prueba de conformidad se firman siete ejemplares de un mismo tenor y a
su solo efecto, en la ciudad de San Luis a los veintidós días
del mes de abril de 2004 “DIA DE LA TIERRA”.
FUNDACIÓN
INTI CUYUM
Juan
Carlos Romero Gatica, Presidente
ASOCIACIÓN
PIRCAS
Ana
Cecilia Tula, Presidente
ASOCIACION
EQUILIBRIO VITAL
Miguel
Moises Nellar, Presidente
ASOCIACION
RÍOS
Graciela
Algarbe, Presidente
CONOZCA
LA QUEBRADA DE LAS HIGUERITAS:
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de flora y fauna
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Ambientales
El
Sorprendente Esplendor Forestal
El
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