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LOS COMENTARIOS QUE NOS HAGAN LLEGAR
A
Sres; Desde ya tienen todo mi apoyo, así como mi participación si
fuera necesaria, para que se lleve a cabo la revision de lo acordado entre
el gobierno nacional y el porteño. Considero que el puerto no solo es un
punto
estratégico para el desarrollo comercial de nuestro pais y por ende tiene
que permanecer en manos del Estado, sino que tambien es una zona que por sus
características ayuda a la descontaminación del aire, que ya de por sí
esta muy contaminado en Buenos Aires. Erminda Rolandelli
Estimado A. Brailovsky:Aunque no vivimos en la ciudad de Buenos Aires, vamos
a enviar nuestro mensaje a los legisladores. Cuando debemos ir a la ciudad
de Buenos Aires, volvemos espantados por una ciudad "infernal".
Agradecemos
que aún queden algunos rincones que no han sido avasallados por la codicia.
Cordialmente Alicia Muzzio
Creo que todos deberian tener acceso a esta información, y a todo lo
que se relaciona con el patrimonio de todos, asi como saber cúanto se
recauda en cada municipio y en qué se destina el dinero, con números.
Debería haber una sección en el noticiero dedicada a estos temas,
estas son las noticias que
deben llegar a todos los ciudadanos y las opciones para quejarse , denunciar o
ratificar. Un abrazo Rosana
Opinión
sobre el texto enviado por la
Defensoría Adjunta de la Ciudad titulado:
INICIATIVA POPULAR. PROYECTO DE LEY PARA EL TRASPASO DE TIERRAS
DE
LA NACIÓN A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Con
respecto al art. 1. del proyecto:
Acordamos
con el carácter de bienes del dominio público que deben tener los bienes
inmuebles transferidos a la Ciudad de Buenos Aires.
Con
respecto al art.2. del proyecto:
No
explica cuales son los "criterios de sustentabilidad" que debieran
definir los usos de estos bienes. Por lo tanto cualquier criterio puede ser
válido.
Con
respecto al art. 3. del proyecto:
No
dice en que consistiría la reforma al Código de Planeamiento Urbano en el caso
de la asignación de usos a las tierras transferidas. La reforma propuesta
debiera explicitarse. En su defecto, es una generalidad que no afecta la
vigencia del actual CPU, corriendo el peligro de que sea modificado empeorando
la situación actual.
Con
respecto a los fundamentos del proyecto
Texto
propuesto:
"Es
necesario legislar sobre la forma en que se define un plan de conjunto previo al
que se refiere el CPU (cuando
se refiere a los Distritos UF)".
Objeción:
Ya
está legislado al respecto en los artículos 19 y 29 de la Constitución de la
Ciudad (Plan Estratégico y Plan Urbano Ambiental) y sus leyes
respectivas.
Texto
propuesto:
"El
Gobierno Nacional es propietario de unas mil hectáreas en la CdeBsAs,...
".
Objeción:
-
Nosotros tenemos contabilizadas unas 350 has solamente, pero si nos falta
información, por favor les rogamos nos la proporcionen.
Texto
propuesto:
-"...
lo que puede significar la oportunidad para la revitalización de las
funciones urbanas de la Ciudad "
Objeción:
Esto
puede significar emprendimientos comerciales, de vivienda, nuevos shoppings,
etc. etc. No creo que acuerden con eso, pero por las dudas esta frase no debiera
existir.
Texto
propuesto:
"La
Corporación Antiguo Puerto Madero SA es un organismo especializado en
desarrollos comerciales. No es su función el planeamiento urbano, ni debe tomar
decisiones sobre el tema".
Objeción:
Esta
frase es el máximo cuestionamiento a la existencia de la Corporación. Así, no
solo no se cuestiona su existencia sino que hasta marca la probabilidad de que
en un proceso de "participación ciudadana" surja "la decisión de ceder
algunos de esos inmuebles a la Corporación Antiguo Puerto Madero SA para su
venta", quedando así legitimada su existencia y la venta de cualquier
porción de tierras públicas.
Conclusiones:
Creemos
que el centrar el proyecto de Iniciativa Popular en la transferencia de tierras
bajo las actuales condiciones (que no son modificadas realmente por este
proyecto de ley) y que después insumiría la enorme tarea de pelar nuevamente por
los usos, es desgastante e inútil.
Entendemos
que el fondo de la cuestión está en el artículo del Código de Planeamiento
Urbano que fija los usos de estas tierras y que la modificación hay que hacerla
ahí. Por lo tanto proponemos el siguiente proyecto de Iniciativa
Popular:
INICIATIVA POPULAR.
Proyecto de Ley para modificar el Código de Planeamiento Urbano
Texto vigente
3.1.2 Proporción de terreno
destinado para uso y utilidad publica. ... En el parcelamiento de tierras de
propiedad del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del
dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el 65% de la
superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la
Ciudad. Deberá afectarse especial y preferentemente dicha superficie a la
generación de nuevos espacios verdes parquizados. Quedan exceptuados de esta
norma los parcelamientos en el Distrito U31.
Es decir, la venta y construcción sobre el 35% de la superficie restante, de la que nada dice el texto (aprox. 1/3); dedicar otro porcentaje similar a la apertura de calles y veredas (aprox. otro 1/3) y que el 1/3 restante consista en los jardines de lo construido. Esto significa la liquidación de las tierras en cuestión.
Propuesta de modificación:
3.1.2 Proporción de
terreno destinado para uso y utilidad publica. ... En el parcelamiento de
tierras de propiedad del Estado Nacional desafectadas del dominio o de un
servicio público se destinará el 100% de
la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a
la Ciudad. Deberá afectarse especial y preferentemente dicha superficie a la
generación de nuevos espacios verdes parquizados, considerando la expansión de los servicios ferroviarios,
reciclando las instalaciones de valor patrimonial existentes como equipamiento
comunitario y manteniendo las instalaciones portuarias nacionales. Quedan
exceptuados de esta norma los parcelamientos en el Distrito
U31.
Nota:
Entendemos
que esta propuesta, que encabezaba la movilización del jueves 6 de marzo sobre
la Corporación Antiguo Puerto Madero SA, refleja el criterio explícito de muchas
de las organizaciones integrantes de la Coordinadora por la Defensa del
Patrimonio Público: "la tierra pública no se
vende".
Momentáneamente, este texto está firmado por la Asociación Amigos del Lago de Palermo, pero se basa en un desarrollo del tema hecho por la Asamblea Permanente por los Espacios Verdes Urbanos - APEVU, quien el 20/03/2003 emitirá su opinión oficial al respecto.
Solicitamos
opinión a las organizaciones no gubernamentales ambientalistas, a las
asociaciones vecinales y asambleas barriales de la Ciudad, como así también a
las organizaciones integrantes de la Coordinadora en Defensa del Patrimonio
Público y a las Defensorías Adjuntas de la Nación y de la
Ciudad.
Osvaldo
Guerrica Echevarría
Me reenviaron el PROYECTO DE LEY PARA EL TRASPASO DE TIERRAS DE LA NACIÓN A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, con la invitación a participar:
Sobre "La Ciudad no admitirá transferencia directa de bienes inmuebles a ninguna de las corporaciones o sociedades en las que pàrticipa", se me ocurre que más que limitar el tipo de transferencias que puede o no hacer la ciudad se debería incorporar el requisito de dar a publicidad las operaciones que realice la Ciudad con relación a bienes inmuebles de la Ciudad de Buenos Aires, con carácter de bienes del dominio público o sin él. La publicidad debería: